A finales del mes de febrero y principio del mes de marzo del presente año, tuvimos la oportunidad de participar en el Seminario de Actualización Regional en Tributación Internacional, celebrado en San José Costa Rica y organizado por Grupo Camacho, Firma contable costarricense experta en servicios de impuestos, auditoría, precios de transferencia, outsourcing financiero administrativo y estrategia de negocios.

Nuestro interés en este programa radicó en nuestro deseo de conocer sobre las  estrategias de planificación fiscal, vista desde la perspectiva de la fiscalidad internacional y de los procesos para la puesta en marcha por las jurisdicciones de la Región de la normativa de precios de transferencias, renglón este que en muchos de los casos ha requerido de una modificación y/o adecuación de dichos ordenamientos jurídicos internos para su implementación.

Este evento contó con la participación de grandes expertos en la materia tributaria (contadores y abogados), quienes expusieron la situación actual que atraviesa cada una de su legislación frente a la aplicación de la normativa de precios de transferencia.  Entre ellos se destacan:  Carlos Camacho-Costa Rica; Eduardo Vargas-Costa Rica; Leonel Villamar-Guatemala; Concepción Chevez-Honduras; Walter Chávez-El Salvador; Adolfo Campos-Panamá; Amanda Barraza-Panamá; Melvin Estrada-Nicaragua; Jaime Campos-México y Anuschka Bakker, una de las asociadas principal de investigación fis del International Bureau of Fiscal Documentation (IBFD) – Amsterdam.

Cabe destacar, que la IBFD tiene como propósito facilitar información sobre la aplicación de la legislación fiscal mundial con un proceso de investigación fiscal caracterizado por la independencia, brindando una mayor confiabilidad a sus clientes (gobiernos, asesores fiscales, corporaciones).

En este sentido, gran parte del seminario estuvo orientado al conocimiento y aplicación de las BEPS (del inglés "Base Erosion and Profit Shifting"), que en fiscalidad internacional hace referencia a las estrategias de planificación fiscal utilizadas por las empresas multinacionales aprovechando las debilidades de los sistemas fiscales nacionales y trasladar sus beneficios a países de escasa o nula tributación.

Dentro de la agenda del referido seminario formaron parte temas de interés internacional tales como: Fiscalidad Internacional –cómo afecta, a quienes afecta, el estado actual en América Latina-; Valoración y Aumento del Riesgo Tributario en el marco de las empresas multinacionales; Generalidades de los Sistemas de Imposición de la Renta; Fiscalización de los países de la Región, Convenios para Evitar la Doble Imposición; Estándares Internacionales de Transparencia Fiscal y Convención de Asistencia Administrativa Mutua.   

En virtud de la importancia que representan cada uno de estos temas, queremos resaltar dentro de los aspectos más sobresalientes discutidos durante el desarrollo del presente Seminario de Actualización, el concepto de grupo económico, los cuales están conformados por compañías formal o económicamente relacionadas con intereses comunes.

Las operaciones de los grupos económicos se enfrentan a ciertos peligros que generan un impacto negativo a la organización y sus componentes que pueden afectar a nivel reputacional, tributario y financiero.  En cuanto al riesgo tributario es menester señalar que esas operaciones o transacciones se encuentran sujetas al régimen de precios de transferencia.

Es por ello, que la mayoría de las legislaciones internas de los países de la Región, representadas en el evento, destacaron la incorporación en sus recientes reformas fiscales o la futura incorporación, así como la aplicación en sus procedimientos de disposiciones legales referentes al régimen de precios de transferencias.

En este mismo orden de ideas, frente a la regularización en cuanto a la fiscalidad internacional se destacaron las acciones propuestas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para evitar la erosión de la base imponible y traslado de beneficios. Las quince (15) acciones de BEPS tienen como objetivo "dotar a los gobiernos con instrumentos nacionales e internacionales de evasión fiscal y asegurar que los beneficios tributan donde se realizan las actividades económicas generadoras de las utilidades y donde se crea valor".

Lo anterior conlleva implícito la identificación de las transacciones u operaciones a realizar por las empresas relacionadas, así como la clasificación y gestión del riesgo, identificación de los controles, verificación de documentación y la realización de análisis de comparación, entre otros aspectos, atendiendo a los casos globales que tienen un impacto en materia de impuesto.  Igualmente, estas acciones  están encaminadas a identificar los principios fundamentales que guardan relación con la tributación de actividades llevadas a cabo en distintas jurisdicciones.

Aunado a lo anterior, se destacó el contenido de la Convención de Asistencia Administrativa Mutua que es un acuerdo de carácter multilateral en el cual los países que se adhieren, acuerdan prestarse asistencia administrativa mutua en asuntos fiscales, es decir, intercambio de información relacionada con las transacciones realizadas por los contribuyentes, sin necesidad de notificar a estos últimos; siendo la OCDE el organismo designado como contralor de la entrega de la información solicitada.  Este intercambio de información implica los siguientes impuestos:  Impuesto sobre la renta, Impuesto sobre ganancias de capital, Impuesto sobre el patrimonio neto, Contribuciones de seguridad social, entre otros.

Esta Convención que se caracteriza por ser multilateral, de amplio alcance, flexible y uniforme, hace referencia a un intercambio automático de información periódicamente por el país de la fuente al país de residencia.

Cabe señalar que sobre el particular, para esas mismas fechas en que se llevaba a cabo el evento, el Presidente Juan Carlos Varela se pronunció sobre la referida asistencia administrativa mutua, estableciendo que Panamá mantendrá los intercambios de información de manera bilateral.

Por otra parte, destacamos el tema actual de la Facturación Electrónica implementada por México, derivando en el cumplimiento de obligaciones fiscales y de fiscalización para los contribuyentes y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México, respectivamente.  En este sentido este mecanismo de facturación se caracteriza por: 

  • Las facturas emitidas en México tienen que ser procesadas a través de un proveedor autorizado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que alimenta las bases de datos oficiales, o a través del mismo SAT.
  • Los contribuyentes en México están obligados a emitir los comprobantes electrónicos cuando efectúen pagos a extranjeros (residentes en países fuera de México).
  • Las facturas y comprobantes electrónicos deben estar adheridos a sus documentos contables.
  • Los contribuyentes deben enviar mensualmente sus balanzas de comprobación al SAT.

En conclusión, el presente programa cumplió con las expectativas de actualización tributaria que plantearon sus organizadores, tomando en consideración que los efectos de la globalización han generado en los países de la Región la consecución de operaciones transfronterizas que si bien es cierto coadyuvan al crecimiento de la economía de cada uno de los países, también origina un impacto tributario en el país donde residen las personas que realizan dichas operaciones y, por ende requieren de la reglamentación de las mismas, con la incorporación por cada cada una de estas legislaciones, del régimen de precios de transferencia, que en nuestro caso, Panamá, se encuentra vigente y en aplicación desde el año 2010 y, del cual hemos conversado en ediciones anteriores.  

Para finalizar, la aplicación de las BEPS implica que los directivos y colaboradores de las distintas compañías u organizaciones implementen herramientas de capacitación para hacerle frente a las nuevas directrices fiscales internacionales y así poder dar cumplimiento a todas las obligaciones en materia tributaria que se han implementado y se llegasen a implementar en un futuro, por parte las distintas administraciones tributarias.  

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