Ecuador:
Actualizaciones Tributarias Mayo
23 May 2018
Dentons Paz Horowitz
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Nuevos sujetos pasivos obligados a emitir de manera
electrónica comprobantes de venta, retención y
documentos complementarios
No. NAC-DGERCGC18-00000191
Registro Oficial No. 234 del 4 de mayo de
2018
Resuelve establecer nuevos sujetos obligados a emitir de manera
electrónica comprobantes de venta, retención y
documentos complementarios, de acuerdo con el siguiente
calendario:
Grupo |
Fecha de
inicio |
Sujetos
pasivos |
1 |
A partir del
01/11/2018 |
Importadores que
realicen actividades de venta local de los productos que importan,
siempre que se comercialicen en el mismo estado en el que fueron
importados. |
2 |
A partir el
01/01/2019 |
- Sociedades con fines de lucro,
independientemente de su nivel de ingresos, a excepción de
las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria.
- Proveedores del Estado cuyos ingresos
anuales del ejercicio fiscal anterior sean iguales o superiores a
US$100,000.
- Quienes realicen actividades de
comercialización de vehículos nuevos de transporte
terrestre, incluidos motocicletas.
- Quienes realicen actividades de
comercialización de maquinaria pesada y de equipo caminero
nuevo o usado, cuya venta corresponda o no a una actividad
habitual.
- Personas naturales, organizaciones de
la Economía Popular y Solidaria y sociedades sin fines de
lucro que tengan ingresos anuales entre US$200,000 y US$300,000 en
el ejercicio fiscal anterior.
- Personas naturales y sociedades que
realicen actividades de venta de combustibles líquidos
derivados de hidrocarburos y biocarburos.
|
3 |
A partir el
01/01/2020 |
- Personas naturales, organizaciones de
la Economía Popular y Solidaria y sociedades sin fines de
lucro, que tengan ingresos anuales entre US$100,000 y US$200,000 en
el ejercicio fiscal anterior.
- Personas naturales y sociedades que
realicen actividades de venta al por mayor y menor de gas licuado
de petróleo.
- Personas naturales y sociedades, no
contempladas en los grupos anteriores, en transacciones con el
Estado por montos iguales o superiores a US$1,000 (emitirán
por cada transacción un comprobante
electrónico).
|
4 |
A partir de un
año desde la fecha de inicio de la actividad
económica |
Sociedades nuevas con
fines de lucro, no contempladas en los grupos anteriores,
constituidas con posterioridad a la vigencia de la esta
Resolución. |
The content of this article is intended to provide a general
guide to the subject matter. Specialist advice should be sought
about your specific circumstances.
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