El 17 de mayo de 2016, el Diario Oficial de la Federación publicó una reforma a los Lineamientos para trámites y procedimientos migratorios, la cual permitirá a los residentes de Colombia, Chile y Perú internarse a México para fines de turismo y negocios sin necesidad de una visa. Esta exención de visa estará vigente a partir del 01 de julio de 2016.

Antes de esta reforma, los ciudadanos de los países miembro de la Alianza del Pacífico – a saber, Colombia, Chile y Perú – no requerían visa para viajar a México. Las nuevas disposiciones extienden ese beneficio a los residentes regulares y permanentes de los estados miembro, lo cual significa que el extranjero puede ser un ciudadano o nacional de cualquier otro país.

El viajero que desee internase bajo ese supuesto deberá comprobar en los lugares destinados al tránsito internacional de personas (fronteras terrestres, aeropuertos y puertos marítimos) que es un residente permanente de algún estado miembro de la Alianza del Pacífico; que su visita es para turismo o negocios; y que su estancia no excederá de 180 días continuos. Las actividades permitidas bajo esta internación son, sin limitación: turismo, reuniones de negocios, visitas para hacer estudios de mercado, y en general, cualquier otra actividad por la cual la persona no reciba remuneración (ya sea en efectivo o en especie) de parte de una fuente mexicana.

Esta modificación fue adoptada por México de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, dentro de su meta nacional "V" "México con Responsabilidad Global" en la cual se reafirma el compromiso con el libre comercio, la movilidad de capitales, la integración productiva, así como la movilidad segura de personas.

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