El Presidente de la República, mediante Decretos Ejecutivos 643, 644 y 645 emitidos el 10 de enero de 2023 ordenó la reducción de la tarifa de los siguiente impuestos: 

1.    Reducción progresiva del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) conforme el siguiente cronograma: 

a.    A partir del 1 de febrero de 2023, la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas será 3,75%. 

b.    A partir del 1 de julio de 2023, la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas será 3,50%. 

c.    A partir del 31 de diciembre de 2023, la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas será 2%. 

2.    Reducción de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 8% en la prestación de servicios relacionados con las actividades turísticas durante las siguientes fechas:

 

a.    Feriado de carnaval: 18, 19, 20 y 21 de febrero de 2023.

b.    Feriado de semana santa: 7, 8 y 9 de abril de 2023.

c.    Feriado por día de los difuntos e Independencia de Cuenca: 2, 3, 4 y 5 de noviembre de 2023.

3.    Reducción de la tarifa del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) para los siguientes bienes: 

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