El 8 de mayo de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto mediante el cual se reforma y adiciona el Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tiene como objetivo garantizar el derecho a la protección de la salud a todas las personas.

De manera específica 1) se eleva como garantía constitucional la protección de aquellas personas que no cuentan con seguridad social mediante la atención integral y gratuita, y 2) se eleva a rango constitucional los programas sociales que ha promovido el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador. El Decreto entró en vigor a partir del 9 de mayo de 2020.

En primer lugar se adiciona que se garantizará la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social y para ello la Ley definirá un sistema de salud para el bienestar.

En segundo lugar se adicionan tres párrafos relacionados con los apoyos económicos y pensiones para grupos vulnerables como lo son las personas que tienen discapacidades permanentes y las personas mayores a sesenta y ocho años.

En términos de la reforma, el Estado garantizará la entrega de apoyo económico a las personas con discapacidad permanente, para lo cual tendrán prioridad las personas menores de dieciocho años, los indígenas, y los afro mexicanos hasta la edad de sesenta y cuatro años y las personas que estén en condición de pobreza.

Asimismo, las personas mayores a sesenta y ocho años tendrán derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva. Para el caso de los indígenas, y los afro mexicanos podrán recibirla a partir de los sesenta y cinco años de edad.

Por último, se incluyen las becas para los estudiantes las cuales serán otorgadas por el Estado mediante un sistema que aplicará a estudiantes de todos niveles escolares. Tendrán prioridad aquellas estudiantes que formen parte de familias que se encuentren en condición de pobreza. El objetivo de lo anterior es garantizar el derecho a la educación, si bien la educación está garantizada en el Artículo 3 constitucional, las becas a estudiantes forman parte de los programa sociales del actual gobierno federal.

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