Tras la gran cantidad de cambios que sufrió la marca UE durante el 2016, empezando por el cambio de su nombre, antes se le denominaba Marca Comunitaria, y el de la Oficina encargada de su gestión y registro, antes OAMI ahora EUIPO, solo podemos señalar que dichos cambios fueron positivos.

Las connotaciones positivas no se limitan únicamente al crecimiento del número de marcas UE solicitadas (135.000, incremento de un 7%), sino también a la optimización y modernización de las herramientas creadas por la EUIPO, lo cual se traduce en una mejora substancial de los procedimientos relacionados con la marca UE.

Sin embargo, este año también nos depara otros interesantes cambios que surtirán efectos el próximo 1 de octubre de 2017:

- El primero de ellos, que ha generado fuertes expectativas, es el relacionado con la eliminación del requisito de la representación gráfica de la marca.

Desde dicha fecha será posible solicitar el registro de una marca sin tener que representarla gráficamente, sino que ahora se podrán proteger como marcas diferentes signos distintivos que se representen de cualquier forma utilizando los medios tecnológicos actuales.

Sin embargo, la representación de la marca tendrá que ser siempre clara, precisa, fácilmente accesible, inteligible, duradera y objetiva.

La supresión de este requisito, en teoría, abrirá la puerta al registro de marcas de diferente naturaleza (marcas no convencionales), sin embargo, en la práctica, no se prevé el registro de marcas diferentes a las que ya acepta la EUIPO. De momento las marcas olfativas o táctiles seguirán sin ser susceptibles de registro.

- Protección de las marcas de certificación. Este tipo de marca será aceptado para su registro a partir del mes de octubre de 2017.

La marca de certificación es aquella que permite distinguir los productos o servicios que el titular de la marca certifica por lo que respecta a los materiales, el modo de fabricación de los productos o de prestación de los servicios, la calidad, la precisión u otras características, con excepción de la procedencia geográfica, de los productos y servicios que no posean esa certificación.

Este tipo de marca podrá ser solicitada por cualquier persona física o jurídica, incluyendo las instituciones, autoridades y demás órganos de Derecho público, quienes en el correspondiente Reglamento de uso establecerán los requisitos que deben cumplir aquellos que quieren utilizarla.

Para más información no duden en ponerse en contacto con nosotros en euipo@clarkemodet.com.


Clarke, Modet & Co - SPAIN


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