El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación en el que deberá pronunciarse sobre la posibilidad de sancionar al obligado tributario por dejar de ingresar la deuda tributaria (artículo 191 de la LGT) cuando, no habiéndose incumplido las obligaciones de documentación exigidas en relación a las operaciones vinculadas, la AEAT efectúa correcciones sobre la valoración de estas operaciones.

Resulta de gran interés ya que el Tribunal Supremo podrá pronunciarse sobre la compatibilidad de la sanción por dejar de ingresar del artículo 191 de la LGT con el régimen sancionador específico aplicables a las operaciones vinculadas.

The content of this article is intended to provide a general guide to the subject matter. Specialist advice should be sought about your specific circumstances.