Se ha implementado un sistema tributario más eficiente en la República Dominicana con cambios que debe tener en cuenta.

Como una de las economías más sólidas de América Latina y el Caribe, la República Dominicana acoge corporaciones de todo el mundo. Tiene estabilidad política y económica, así como políticas sociales y educativas sólidas. Sin embargo, de acuerdo con la encuesta sobre la facilidad para hacer negocios del Banco Mundial, la República Dominicana está posicionada en el lugar 149 por su facilidad para el pago de impuestos, tomando un estimado de 317 horas al año y el costo de 49% de las ganancias.

El informe del Banco Mundial: "Preparándose para un sistema tributario más eficiente en la República Dominicana", afirma que las pérdidas fiscales por fraude, evasión fiscal y mala gestión de los Impuestos a la Transferencia de bienes industrializados y servicios tributarios (ITBIS) se encuentran entre las más grandes de América Latina y el Caribe. El gobierno es consciente de que se requiere un sistema tributario más eficiente para frenar estas pérdidas.

Cambios recientes en los impuestos

Como resultado, la Administración Fiscal ha presentado nuevos requisitos, tales como información complementaria sobre el cumplimiento del IVA a través de la Norma 07-2018. Esto explica los nuevos requisitos que las empresas deben presentar mensualmente en su declaración de IVA. Los elementos principales son la Nueva Estructura para el formulario 606 (Informe fiscal de gastos y compras), la Nueva Estructura para el formulario 607 (informe de ingresos y recibos fiscales) y el formulario IT-1 (informe de impuesto sobre la venta), incluyendo el anexo A (información detallada).

Las empresas deben presentar ahora la información requerida en la Norma como, el tipo de bienes y servicios, Número de Recibos Fiscales (NCF), fecha de recibos, fecha de pago, servicios facturados, mercancía facturada, IVA calculado, IVA retenido, IVA en proporción (cuando las empresas tienen ventas gravables y no gravables), tipo de pagos, etc.

Impuesto a las empresas

El impuesto sobre la renta corporativa es del 27% y tarda alrededor de 74 horas al año en completarse. Un importante cambio en el impuesto a las empresas, establecido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), tiene como objetivo mitigar el abuso que algunas empresas estaban cometiendo al deducir sus gastos, con el objetivo de reducir su base tributaria. Las empresas deben ajustar el formato de sus facturas para incorporar los nuevos requisitos de la Administración Fiscal. Los recibos fiscales impresos automáticamente necesitan la actualización del sistema para adaptarse a los cambios. Los artículos que deben tratarse por separado son: Consejos Legales, IVA, Servicios, Bienes, Otros Impuestos, Método de Pago, Condiciones. La fecha límite para esto fue el 1 de junio de 2018.

Los afectados por los cambios son todas las personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, como fideicomisos, fondos de inversión o similares. Las exenciones son las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) y las personas físicas, incluidas las nuevas empresas de Incorporación. Estos nuevos requisitos forman parte del Informe tributario mensual (Ingresos y Gastos) y la información legal de la empresa.

La contribución de pensión pagada por el patrono se aplica al 7.1%, pero requiere 80 horas al año para cumplir.

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IVA

El IVA se aplica al 18% de la tarifa estándar y demora alrededor de 163 horas por año. Hay una tarifa reducida para ciertos productos, del 16%.

Impuesto internacional

La República Dominicana tiene dos tratados tributarios, uno con Canadá y el otro con España. Además, han firmado la Convención Multilateral para la Transparencia y el Intercambio de Información, que permitirá al país acceder a la información de los contribuyentes de más de cien países a nivel mundial. Del mismo modo, FATCA-IGA fue negociado por los Estados Unidos para un intercambio recíproco de información.

Año fiscal

Las empresas pueden elegir entre cuatro finales fiscales disponibles: 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre, que es el más común. Cada empresa debe presentar su propia declaración de impuestos, no se permiten devoluciones consolidadas.

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