Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de mayo de 2018 (Rec. núm. 38/2017)

Los responsables tributarios se ven obligados a pagar las deudas de un tercero y por ello pueden impugnar la procedencia de dicha derivación y, también, la procedencia de la deuda tributaria exigida al deudor principal.

Ese derecho a impugnar la deuda principal ha sido fortalecido por el Tribunal Supremo en otras sentencias comentadas en esta newsletter, como la de 13 de marzo de 2018 (rec. núm. 53/2017), en la que se rechazó la limitación de facultades de impugnación para los responsables que hubieran sido administradores y, además, se reconoció la posibilidad de impugnar liquidaciones o sanciones que hubieran devenido firmes para el deudor principal; y la de 3 de abril de 2018 (rec. núm. 427/2017), en la que se reconoció que la Administración debe suministrar al responsable-reclamante los expedientes de los que derivan las liquidaciones giradas al deudor principal.

En esa misma línea, la sentencia ahora comentada reconoce el derecho del responsable a instar la tasación pericial contradictoria ("TPC") si pretende cuestionar las valoraciones realizadas por la Administración para la determinación de la deuda tributaria del obligado principal. Ello es debido a que el responsable debe tener los mismos mecanismos de impugnación que el deudor principal.

Además, como consecuencia de lo anterior, se reconoce el deber de la Administración de informar al responsable de ese derecho a promover la TPC en todos los supuestos en que se hubiera tramitado un procedimiento de comprobación de valores para la determinación de la deuda del obligado principal. El fundamento de esta decisión es que la TPC es un medio específico de impugnación de uno de los elementos de las resoluciones tributarias y, por tanto, resulta de aplicación la regla general de informar al administrado sobre los recursos que cabe interponer contra dicha resolución.

En todo caso, trasladando al supuesto concreto la interpretación jurisprudencial sobre la validez de las notificaciones irregulares, matiza que el incumplimiento de ese requisito no afectará a la validez del acto, pero condicionará el día de inicio del plazo para promover la TPC.

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