El pasado 21 de marzo de 2017 el Poder Ejecutivo actuando en Consejo de Ministros dicto el decreto 480/2017 por el cual se faculta al Ministerio del Interior a disponer todas las medidas que sean necesarias para el caso que se obstaculice (mediante personas, vehículos o cualquier otro objeto) el libre tránsito en las calles, caminos o carreteras del país. Asimismo se prevé que el Ministerio del Interior podrá disponer y requerir de la intervención de otros organismos públicos para cumplir con tal fin.

Posteriormente en el segundo artículo del Decreto se determina la forma de actuación de la policía, la cual intervendrá de forma inmediata y directa a fin de garantizar el derecho a la libre circulación, orden público y tranquilidad de la población para posteriormente recién dar parte a la justicia. Finalmente se establece que deberá respetarse siempre en el accionar lo dispuesto por el artículo 57 de la Constitución, en el cual se regula y garantiza el famoso "Derecho a huelga".

Sin dudas este nuevo Decreto es fruto de una necesidad inmediata de poner un "parate" a los piquetes sindicales que se vienen dando a lo largo y ancho del país en estos últimos tiempos, que han derivado en problemas por ejemplo con empresas locales como extranjeras.

El objetivo final del Decreto es dar herramientas más rápidas y efectivas a la policía para actuar inmediatamente en caso que se dieran las situaciones detalladas previamente sin necesidad de esperar dictámenes judiciales previos.

Acceda al Decreto

The content of this article is intended to provide a general guide to the subject matter. Specialist advice should be sought about your specific circumstances.