El 10 de octubre de 2022, fue publicado por la Secretaría de Economía (SE) en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior”, mismo que entrará en vigor a la fecha de su publicación.

A través del citado Acuerdo se simplifican los trámites de ampliación para importar temporalmente mercancía que se clasifica como sensible de conformidad con el Anexo II del “Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación” (Decreto IMMEX), la tramitación de avisos automáticos para la importación de productos siderúrgicos, entre otros, los cuales se señalan a continuación.

  1. Fe de Hechos ampliación IMMEX

Se elimina la necesidad de presentar una fe de hechos en la tramitación de ampliación de Programa IMMEX para la realización de actividades de reparación, reacondicionamiento y remanufactura.

Asimismo, se elimina el citado requisito para aquellas empresas IMMEX que soliciten una ampliación de Programa para la importación temporal de mercancías sensibles señaladas en el Anexo II de dicho Decreto (azúcar, acero, textil y confección, aluminio, desperdicios de minerales, tabaco).

  1. Permiso automático de importación

Se amplía la vigencia de los permisos automáticos de importación definitiva de calzado, así como, de productos textiles y de confección, de 60 a 120 días naturales a partir del inicio de vigencia de la clave de autorización asignada por la SE.

  1. Aviso automático de importación productos siderúrgicos

Para la obtención del aviso automático de importación de diversos productos siderúrgicos1, se elimina el requisito de anexar a las solicitudes copia de los Certificados de molino y de calidad.

Se adicionan como requisitos a la solicitud de aviso automático el proveer información referente a la operación de importación, tales como aduana de entrada prevista, fecha en que se espera el envío desde el país de exportación y fecha esperada de importación, entre otros de carácter informativo.

Footnote

1. Fracciones arancelarias comprendidas en las partidas 7207 a la 7304, así como las comprendidas en las partidas 7202 y de la 7305 a la 7317.

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